¿Puedo instalar un porta matrículas no original en mi moto?

El portamatrículas de la moto no es un elemento accesorio, si esa pieza se rompe o deteriora, hay que cambiarla, pero también hay motoristas que quieren hacer esta modificación para personalizar su moto. ¿Es legal hacerlo? Si, es legal, pero hay que saber unas cosas.

¿Cambiar porta-matrículas de la moto, se considera una reforma?

No, si el porta-matrículas que vas a instalar, conservan las medidas y posicionamiento del emplazamiento original, no es una reforma.

Si, si cambia el posicionamiento, entonces es cuando se considera reforma y tendrás que pasar la ITV antes de 15 días con la documentación que te indicamos.

Te contamos los pasos a seguir, en el caso que decidas cambiar el emplazamiento original de la matrícula.

Pasos a seguir si al cambiar el porta-matrículas varían el emplazamiento original

Documentación:

  • Informe de conformidad de fabricación del porta-matrículas, o, documento acreditativo de no necesidad de informe de conformidad. (vendrá con el porta-matrículas o descargando de la página web).
  • Certificado de taller, (no la factura, el taller te dará un Certificado de taller de instalación).

En la ITV:

Recuerda, si el cambio del porta-matrículas, no modifica el emplazamiento de la matrícula ni el resto de componentes, no será necesario ir a la ITV.

Para añadir esta modificación en la ficha técnica, tendremos que ir a la ITV con el informe de conformidad de fabricación y el certificado de taller.

No tienes que pasar la ITV del vehículo completo, sólo de la reforma realizada, pero si tienes el vencimiento de la ITV próximo, es más rentable realizar la inspección y la revisión periódica del la moto juntas.

Las ITV tienen las tarifas liberadas y según Comunidades Automáticas, hemos preguntado en tres ITV y los precios por la reforma está entre los 45€ y 50€, si realizas la reforma más la inspección periódica, está las dos entre 63€ y los 70€

Estos son los tipos de reforma según algunas ITV:

Categoría de la moto: L

Tipo de reforma: 1.3 "Cambio de emplazamiento de la placa de matrícula"

  • La tarifa aplicada es la IB+ED
  • Tasa IB (Inspección básica)
  • Tasa ED (Evaluación de documentos)

Consultas realizadas a la ITV:

Preguntas ITV - Grupo IDV
Una cosa es homologado y otra legalizado. Los componentes que se instalen en el vehículo han de estar homologados, pero eso no quiere decir que estén legalizados (anotados en la ficha técnica).
La sustitución del porta-matriculas se considera reforma 1.3 Cambio de emplazamiento de la placa de matrícula. Para legalizarlo es necesario presentar en la ITV un certificado de taller y un informe de conformidad para que comprueben la correspondencia con lo instalado y lo anoten en la ficha técnica.
En información adicional de la reforma el manual de reformas indica:
• El emplazamiento de la placa de matrícula deberá ser fijo. No se admitirá la instalación de la placa de matrícula si puede modificarse su posición o inclinación.
• Asimismo, las placas de matrícula trasera deben ir centradas, no se autorizará un emplazamiento de la placa de matrícula trasera distinto al indicado en el Reglamento General de Vehículos.
• Ningún dispositivo luminoso se aflojará o desprenderá al retirar la placa de matrícula.

Dependiendo de los porta-matrículas puede verse modificado el emplazamiento de los intermitentes o la luz de la placa de matrícula que se legalizaría aportando los mismos documentos que si es solo la placa pero recogiendo dichos cambios.

Hemos preguntado a la TÜV Rheinland que es un proveedor a escala mundial de servicios técnicos, de seguridad y certificación, y nos responde:

En referencia a su solicitud de requisitos para la sujeción de la matrícula mediante el soporte de portamatrículas de su fabricación, debemos manifestarles lo siguiente:

- No hay ningún EG-reglamento específico que haga referencia a las características técnicas.

- El montaje de soporte portamatrículas está regulado en el reglamento 93/94/EG que establece:

  1. El ángulo de inclinación respecto a al vertical de suelo no puede ser superior a 30 grados.
  2. La parte inferior de la matrícula de la motocicleta debe estar montada en el vehículo a un mínimo de 20 cm. por encima del suelo.
  3. El angular de la vista a ambos lados de la matrícula debe tener un mínimo de 30 grados.
  4. Si se montan grupos de iluminación en el soporte portamatrículas (iluminación de la matrícula, intermitentes y catadrióptico), deben estar homologados según el reglamento 93/92/EG.

Está claro,  puedes poner el portamatrículas universal  en tu moto.

¿Puedo montar en mi moto un portamatrículas universa regulable?